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Contratos

Los contratos que más necesitan los negocios y particulares en México. Cada formato es editable, se descarga en PDF y sigue la estructura habitual conforme a la legislación mexicana.

Contratos

Contrato de Arrendamiento (México)

Crea un contrato de arrendamiento para rentar un departamento, casa o local en México: llena los datos del arrendador y del arrendatario (con INE, CURP o RFC), describe el inmueble y su uso (habitacional o comercial), fija la renta mensual en pesos y el depósito en garantía —por costumbre, un mes de renta—, agrega un fiador (aval) si lo pides, y descarga el PDF listo para firmar ante dos testigos, gratis y en minutos. El formato toma como referencia el Código Civil Federal (arts. 2398–2447; art. 2480 sobre subarriendo), pero recuerda: el arrendamiento se rige por el código civil del estado donde está el inmueble —la Ciudad de México y otras entidades tienen reglas propias sobre incrementos de renta y depósito—, por lo que la cláusula de jurisdicción remite a los tribunales de esa entidad.

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Pagaré (México)

Crea un pagaré válido en México en minutos: llena los datos del suscriptor (quien se obliga a pagar) y del beneficiario (a cuya orden se pagará), el monto en pesos M.N. con su cantidad en letra, la fecha de vencimiento y el lugar de pago, agrega —si lo pactaste— intereses ordinarios y moratorios y un aval, y descarga el PDF listo para firmar, gratis. El formato incluye todas las menciones que exige el artículo 170 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC): la mención de ser pagaré inserta en el texto, la promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero, el nombre del beneficiario, la época y el lugar del pago, la fecha y el lugar de suscripción y la firma del suscriptor. Un pagaré que reúne estos requisitos es un título ejecutivo: si no se paga, puede cobrarse por la vía ejecutiva mercantil.

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Contrato de Compraventa (México)

Crea un contrato de compraventa de bienes muebles entre particulares en México: llena los datos del vendedor y del comprador (con INE o RFC), identifica el bien —si es un auto usado, con marca, modelo, año, placas, NIV y kilometraje—, fija el precio en pesos con la fórmula 00/100 M.N., elige pago de contado o en parcialidades (con reserva de dominio conforme al artículo 2312 del Código Civil Federal), y descarga el PDF listo para firmar ante dos testigos, gratis y en minutos. Si vendes un vehículo, el formato agrega las cláusulas mexicanas clave: entrega de la factura original y la tarjeta de circulación, declaración de libre de gravamen y sin reporte de robo (REPUVE) y la obligación del aviso de venta. Importante: este formato es solo para bienes muebles — la compraventa de inmuebles requiere escritura pública ante notario.

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Contrato de Comodato (México)

Crea un contrato de comodato —el préstamo gratuito de uso— para prestar una casa o departamento a un familiar SIN cobrar renta, prestar un vehículo o prestar equipo de trabajo: llena los datos del comodante y del comodatario (con INE, CURP o RFC), identifica el bien (dirección del inmueble; marca, placas y NIV del vehículo; o descripción del equipo), fija el uso convenido y el plazo —con fecha de término o hasta que pidas la devolución—, y descarga el PDF listo para firmar ante dos testigos, gratis y en minutos. El formato toma como referencia el Código Civil Federal (arts. 2497–2515) y deja explícita la gratuidad: si se pactara cualquier pago, el contrato sería un arrendamiento (art. 2398), con otras reglas legales y fiscales. Recuerda que el código civil de cada estado puede prever reglas propias.

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Contrato Individual de Trabajo (México)

Crea un contrato individual de trabajo conforme a la Ley Federal del Trabajo: llena los datos del patrón y del trabajador (con CURP y RFC, como exige el artículo 25), describe el puesto y sus funciones, elige si la relación es por tiempo indeterminado o determinado —con la causa que pide el artículo 37—, agrega un periodo de prueba legal (artículo 39-A), fija la jornada, el salario en pesos y el día de descanso, y descarga el PDF listo para firmar ante dos testigos, gratis y en minutos. El formato incluye las prestaciones mínimas al día: aguinaldo de quince días (artículo 87), las vacaciones vigentes tras la reforma de «vacaciones dignas» —doce días desde el primer año, no seis— con su prima del 25 %, la inscripción al IMSS y la designación de beneficiarios del artículo 501.

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Contrato de Prestación de Servicios (México)

El contrato de prestación de servicios es el acuerdo civil con el que un profesionista independiente, freelancer o despacho pacta servicios con su cliente sin crear una relación laboral. Llena los datos del prestador y del cliente (persona física o moral, con RFC), describe los servicios y entregables, elige la vigencia y el esquema de honorarios, y descarga el PDF listo para firmar ante dos testigos — gratis y en minutos. El formato incluye lo que la mayoría de los machotes omite: la cláusula de independencia (artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo), la exclusión del REPSE, las retenciones correctas cuando una persona moral paga a una persona física, y las reglas del artículo 2613 del Código Civil Federal y del artículo 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor.

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Contrato de Mutuo — Préstamo de Dinero (México)

El contrato de mutuo es el contrato con el que se documenta un préstamo de dinero en México: el mutuante transfiere la propiedad de una suma y el mutuario se obliga a devolver otro tanto (artículo 2384 del Código Civil Federal). Llena los datos de las partes, el monto en cifras y letra, la forma de entrega, la devolución (un solo pago o parcialidades) y los intereses, y descarga el PDF listo para firmar ante dos testigos — gratis y en minutos. El formato incluye lo que la mayoría de los machotes omite: la prohibición de capitalizar intereses por anticipado (artículo 2397), el derecho del mutuario a liquidar tras seis meses cuando el interés supera el legal (artículo 2396), la regla de imputación de pagos (artículo 2094) y el interés legal del nueve por ciento anual como límite de la mora sin pacto (artículos 2117 y 2395).

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Contrato de Confidencialidad (NDA México)

El contrato de confidencialidad —también llamado acuerdo o convenio de confidencialidad, o NDA— es el documento con el que quien comparte información valiosa obliga a quien la recibe a no divulgarla ni usarla para otro fin. En México su columna vertebral es la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial de 2020: protege la información como secreto industrial cuando significa una ventaja competitiva y se han adoptado medios suficientes para restringir su acceso (artículo 163). Llena las partes, describe con precisión qué es confidencial, elige el contexto (relación comercial, laboral o de prestación de servicios), el plazo y la pena convencional, y descarga el PDF listo para firmar ante dos testigos — gratis y en minutos. Este formato incluye lo que los machotes que circulan omiten: la obligación legal de PRECISAR qué aspectos son confidenciales (artículo 165), las excepciones que hacen exigible el acuerdo en lugar de excesivo (artículos 163 y 164) y el hecho de que firmar es la «prevención» de la que nace el deber de silencio (artículo 166).

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Contrato de Cesión de Derechos (México)

La cesión de derechos es el contrato con el que quien tiene un derecho a su favor lo transfiere a otra persona: hay cesión cuando el acreedor transfiere a otro los derechos que tenga contra su deudor (artículo 2029 del Código Civil Federal). Sirve para ceder un crédito o derecho de cobro, los derechos que te da un contrato, o tus derechos hereditarios en una sucesión. Llena los datos, elige si la cesión es con precio o gratuita, y descarga el PDF listo para firmar con dos testigos. Este formato incluye lo que casi todos los machotes que circulan omiten y que decide si la cesión de verdad funciona: la notificación al deudor del artículo 2036 —con su anexo listo para entregar—, la advertencia de que sin ella el deudor se libera pagando al acreedor original (artículo 2040), la regla de fecha cierta frente a terceros (artículo 2034) y el hecho de que en una cesión gratuita el cedente no responde ni de la existencia del derecho ni de la solvencia del deudor (artículo 2050).

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Contrato de Depósito (México)

El depósito es el contrato por el cual el depositario se obliga a recibir una cosa —mueble o inmueble— que el depositante le confía, y a guardarla para devolvérsela cuando se la pida (artículo 2516 del Código Civil Federal). Sirve para dejar muebles, mercancía, maquinaria, un vehículo o documentos bajo la custodia de otra persona o de una empresa, con constancia por escrito de qué se entregó, en qué estado, quién paga la guarda y cuándo hay que devolverlo. Llena los datos, elige si es un depósito civil o mercantil y si se cobra o es gratuito, y descarga el PDF listo para firmar. Este formato incluye lo que los machotes que circulan casi siempre omiten o equivocan: que en México el depósito se presume ONEROSO salvo pacto en contrario (artículo 2517), que el depositante puede pedir su bien de vuelta aunque el plazo no haya vencido (artículo 2522), que el depositario NO puede retener la cosa aunque no le hayan pagado los gastos (artículos 2533 y 2534) y un anexo de inventario para dejar constancia del estado en que se entregó.

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Contrato de Obra a Precio Alzado (México)

El contrato de obra a precio alzado es el que usas cuando encargas una obra —construir, ampliar, remodelar, instalar o fabricar algo por encargo— por un precio fijado de antemano. Lo regula el Código Civil Federal en sus artículos 2616 al 2645, y es el contrato correcto para tratar con un albañil, un contratista, una constructora, un carpintero o un taller. Llena los datos, elige si la obra es en un inmueble o un bien mueble, si el empresario pone los materiales y cómo se paga, y descarga el PDF listo para firmar. Este formato incluye lo que casi ningún machote que circula redacta: que «precio alzado» significa que el empresario NO puede exigir después ningún aumento aunque suban los materiales o los jornales (artículo 2626), que todo cambio a la obra necesita autorización por escrito del dueño CON el precio expresamente designado (artículo 2627) —y por eso trae una hoja de orden de cambio lista para llenar—, que el riesgo corre a cargo del empresario hasta la entrega (artículo 2617) y que la responsabilidad por vicios de construcción sigue viva después de recibida y aprobada la obra (artículo 2634).

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Contrato de Comisión Mercantil (México)

El contrato de comisión mercantil es el que usas cuando encargas a alguien que haga por tu cuenta un acto concreto de comercio —vender tu mercancía, comprar insumos, cobrar unas facturas, cerrar un negocio determinado— a cambio de una comisión. Lo regula el Código de Comercio en sus artículos 273 al 308: quien confiere el encargo es el COMITENTE y quien lo desempeña, el COMISIONISTA. Llena los datos, elige si el comisionista tratará con los terceros en su propio nombre o en el tuyo, cómo se le paga la comisión y quién pone los fondos, y descarga el PDF listo para firmar. Este formato incluye lo que casi ningún machote que circula redacta: que no hace falta poder ante notario, pero una comisión verbal debe ratificarse por escrito antes de que el negocio concluya (artículo 274); que el comisionista no puede comprar para sí lo que le mandaste vender sin tu consentimiento expreso (artículo 299); que puedes revocar la comisión en cualquier momento, aunque hayas pactado un plazo, y que si sólo se lo avisas a él no puedes oponer esa revocación a los terceros que no la conocían (artículo 307); y —lo más importante— cuándo la ley considera que tu comisionista es en realidad un TRABAJADOR tuyo (artículo 285 de la Ley Federal del Trabajo).

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Contrato de Asociación en Participación (México)

La asociación en participación es el contrato con el que alguien que tiene un negocio en marcha (EL ASOCIANTE) le da a otra persona (EL ASOCIADO), que le aporta dinero, bienes o trabajo, una participación en las utilidades y en las pérdidas de ese negocio. Lo regulan los artículos 252 al 259 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Es la figura que se usa cuando alguien quiere invertir en un negocio sin convertirse en socio de una sociedad: no se constituye ninguna empresa, no hay que ir al notario y no se inscribe en ningún registro. Llena los datos, elige qué aporta el asociado, cómo se reparten las utilidades y si comparte las pérdidas, y descarga el PDF listo para firmar. Este formato incluye lo que los machotes que circulan casi siempre omiten: que EL ASOCIANTE obra en nombre propio y que NO hay relación jurídica entre los terceros y el asociado (artículo 256); que los bienes aportados pertenecen en propiedad al asociante frente a terceros salvo que se pacte lo contrario y se inscriba esa cláusula en el Registro Público de Comercio (artículo 257); que las pérdidas del asociado NUNCA pueden ser superiores al valor de su aportación (artículo 258); y que, aunque la ley mercantil diga que la asociación no tiene personalidad jurídica, el artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación sí se la da para efectos fiscales y le exige identificarse con la leyenda «A. en P.».

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Contrato de Donación (México)

La donación es el contrato por el que una persona transfiere a otra, GRATUITAMENTE, una parte de sus bienes presentes (artículo 2332 del Código Civil Federal). Sirve para regalar en vida dinero o un bien mueble —a un hijo, a un familiar, a un amigo o a una asociación— dejando por escrito quién dona, qué dona, cuánto vale y que el donatario lo acepta. Llena los datos, elige si la donación es pura, con carga o remuneratoria, y descarga el PDF listo para firmar. Este formato incluye lo que los machotes que circulan casi siempre omiten: que la donación sólo es PERFECTA cuando el donatario acepta y le hace saber la aceptación al donante (artículo 2340); que por encima de cinco mil pesos la ley obliga a REDUCIRLA A ESCRITURA PÚBLICA y no basta un papel privado (artículo 2344); que es NULA si comprende todos tus bienes sin reservarte lo necesario para vivir (artículo 2347); y que las causas de revocación —superveniencia de hijos e ingratitud— NO pueden renunciarse por anticipado (artículos 2366 y 2372), por lo que ninguna donación es «irrevocable» sólo porque el formato lo diga.

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Contrato de Permuta (México)

La permuta es el contrato por el cual cada uno de los contratantes SE OBLIGA A DAR UNA COSA POR OTRA (artículo 2327 del Código Civil Federal). Es el cambio de toda la vida —un coche por otro, maquinaria por mercancía, un equipo por otro— puesto por escrito: quién cambia qué, cuánto vale cada cosa, quién responde si sale mal y cuándo se entregan. Llena los datos, elige si la permuta es civil o mercantil y descarga el PDF listo para firmar. Este formato incluye lo que los ejemplos que circulan casi siempre omiten: que si una de las partes pone dinero encima, el artículo 2250 —que el propio 2327 manda observar— puede convertir el contrato en una COMPRAVENTA sin que las partes lo quieran, y aquí se calcula solo con tus cifras; que quien recibe una cosa ajena NO está obligado a entregar la suya y cumple devolviendo la que recibió (artículo 2328); que quien sufre evicción puede REIVINDICAR la cosa que dio, o cobrar su valor, más daños y perjuicios (artículo 2329); y que si la permuta es mercantil el plazo para reclamar no es de meses sino de CINCO DÍAS para calidad o cantidad y treinta para vicios internos (artículo 383 del Código de Comercio).

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Contrato de Prenda (México)

La prenda es un DERECHO REAL constituido sobre un bien mueble enajenable para garantizar el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago (artículo 2856 del Código Civil Federal). En corto: alguien debe dinero y deja una cosa —una máquina, un equipo, mercancía, un vehículo— como garantía de que va a pagar. Este formato cubre los tres regímenes que en México llevan ese nombre: la prenda CIVIL del Código Civil Federal, la prenda MERCANTIL de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y la PRENDA SIN TRANSMISIÓN DE POSESIÓN, en la que el deudor se queda con el bien y lo sigue usando. Llena los datos, elige el régimen y descarga el PDF listo para firmar. Incluye lo que casi todos los machotes que circulan equivocan: que ES NULA la cláusula que autoriza al acreedor a quedarse con el bien si no le pagan (artículo 2887), que también es nula la que le prohíbe pedir su venta, que el excedente de la venta es del deudor (artículo 2886) y que la garantía sólo sirve frente a los demás acreedores si tiene fecha cierta o está inscrita. Y calcula solo, con tus cifras, si el bien cubre la deuda y un veinte por ciento más, que es el umbral del artículo 340.

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Contrato de Transporte de Mercancías (México)

El contrato de transporte es aquel por el que una persona —EL PORTEADOR— se obliga a conducir mercancías de un lugar a otro y a entregarlas a quien va dirigidas, a cambio de un precio. En México se reputa MERCANTIL cuando tiene por objeto mercaderías o cuando el porteador es comerciante o se dedica habitualmente a transportar para el público (artículo 576 del Código de Comercio), y se rige por los artículos 576 a 604 de ese código; si la ruta usa caminos de jurisdicción federal se le suma la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Este formato es para el transporte de CARGA por vía terrestre. Llena los datos, elige el régimen de la ruta y descarga el PDF listo para firmar. Incluye lo que casi ningún machote de internet trae: la CARTA DE PORTE completa con las nueve menciones del artículo 581 —que no es papeleo, es EL TÍTULO LEGAL del contrato (artículo 583)—, la hoja de acuse y RESERVA DE RECLAMACIONES sin la cual recibir la carga extingue la responsabilidad del porteador (artículo 592), y el cálculo del límite de responsabilidad del artículo 66 de la ley federal cuando no se declara el valor de la mercancía.

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Por profesión

Esta plantilla se ofrece únicamente con fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal, médico, financiero ni profesional. Para casos específicos, consulta con un profesional cualificado.