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Cartas · Modelo

Telegrama de Renuncia

Completá tu telegrama de renuncia en minutos y descargalo en PDF con el texto exacto que tenés que dictar en el Correo. El artículo 240 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 exige que la renuncia se formalice por despacho telegráfico colacionado cursado personalmente por el trabajador, o ante la autoridad administrativa del trabajo: una carta común, un correo electrónico o un mensaje de WhatsApp no cumplen esa forma. El telegrama laboral es gratuito para vos por la Ley 23.789 —lo enviás en cualquier sucursal del Correo Argentino con tu DNI y el costo lo asume el empleador—, y el comprobante de imposición es tu prueba. Elegí si renunciás con preaviso o con efecto inmediato y si intimás la entrega de los certificados del artículo 80 y el pago de la liquidación final.

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TELEGRAMA DE RENUNCIA
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 1 de septiembre de 2026
DATOS PARA EL TELEGRAMA LABORAL (LEY 23.789)
Destinatario (empleador): Distribuidora del Plata S.R.L.
Domicilio del destinatario: Av. Corrientes 1386, piso 7, oficina 12, C1043AAZ, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Remitente (trabajador/a): Martín Gustavo Sosa
DNI: 12.345.678
CUIL: 20-12345678-9
Domicilio del remitente: Av. Rivadavia 4520, piso 3, depto. B, C1205AAO, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Puesto: Encargado de depósito
Fecha de ingreso: 15 de marzo de 2021

TEXTO A TRANSCRIBIR EN EL TELEGRAMA

NOTIFICO A UDS. MI RENUNCIA AL PUESTO DE TRABAJO DE ENCARGADO DE DEPÓSITO QUE VENGO DESEMPEÑANDO EN ESA EMPRESA DESDE EL 15 DE MARZO DE 2021, CON EFECTO A PARTIR DEL 16 DE SEPTIEMBRE DE 2026, PREAVISANDO EN LOS TÉRMINOS DEL ART. 231 LCT. ART. 240 LCT. QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.

ASIMISMO INTIMO PLAZO 48 HORAS HAGAN ENTREGA DE LOS CERTIFICADOS PREVISTOS EN EL ART. 80 LCT (CERTIFICADO DE TRABAJO, DE REMUNERACIONES Y DE APORTES Y CONTRIBUCIONES) Y ABONEN LA LIQUIDACIÓN FINAL: DÍAS TRABAJADOS, SAC PROPORCIONAL Y VACACIONES NO GOZADAS, ARTS. 121, 123 Y 156 LCT. BAJO APERCIBIMIENTO DE INICIAR LAS ACCIONES LEGALES QUE CORRESPONDAN.


CÓMO ENVIARLO

Presentate en cualquier sucursal del Correo Argentino con tu DNI y pedí el telegrama laboral de la Ley 23.789: es gratuito para vos y el costo lo asume el empleador. Llevá anotados la denominación social y el domicilio exactos del empleador, transcribí el texto de arriba tal cual y guardá el comprobante de imposición: esa constancia es la prueba de que notificaste tu renuncia.

El artículo 240 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 exige que la renuncia del trabajador se formalice por despacho telegráfico colacionado cursado personalmente por el trabajador, o ante la autoridad administrativa del trabajo, y que el empleador sea notificado. Una carta común, un correo electrónico o un mensaje no cumplen esa forma. El artículo 231 pone el preaviso a cargo del trabajador en quince días.

La renuncia no da derecho a la indemnización por despido del artículo 245. El empleador sigue obligado a abonar la liquidación final —días trabajados, sueldo anual complementario proporcional y vacaciones no gozadas (artículos 121, 123 y 156)— y a entregar los certificados del artículo 80. Consultá el convenio colectivo aplicable: puede sumar requisitos o plazos propios.

EL TRABAJADOR / LA TRABAJADORA
Firma: Martín Gustavo Sosa
GratisEditableDescarga en PDFSin registro

Por qué usar este modelo

La forma que pide el art. 240

La renuncia debe ir por despacho telegráfico colacionado: este modelo arma ese texto, no una carta.

Telegrama gratuito

La Ley 23.789 te permite enviarlo sin cargo en el Correo Argentino; lo paga el empleador.

Con preaviso o inmediato

Elegí una fecha de efectivización con preaviso (art. 231) o renunciá con efecto inmediato.

Intimación opcional

Sumá el pedido de los certificados del art. 80 y de la liquidación final.

Generado con IA

Contale tu situación al copiloto y completa el telegrama por vos.

Descargable en PDF

Listo para imprimir, firmar y llevar a la sucursal del Correo.

Cómo funciona

1
Elegí el modelo

Empezá desde este modelo de telegrama de renuncia.

2
Personalizalo con IA

Completá los campos o pedile cambios al copiloto.

3
Descargá y presentá

Generá el PDF y dictá el texto en el Correo Argentino con tu DNI.

Qué incluye el telegrama

Lugar y fecha
Destinatario: denominación social y domicilio exactos del empleador
Remitente: nombre, DNI, CUIL y domicilio del trabajador
Puesto y fecha de ingreso
Texto operativo de renuncia, en el formato del telegrama
Preaviso opcional con fecha de efectivización (art. 231 LCT)
Intimación opcional por los certificados del art. 80 LCT
Reclamo opcional de la liquidación final: días trabajados, SAC proporcional y vacaciones no gozadas
Instrucciones de envío por el telegrama laboral gratuito (Ley 23.789)
Nota legal: art. 240 LCT y efectos de la renuncia (art. 245 LCT)
Firma del trabajador
TELEGRAMA DE RENUNCIA
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 1 de septiembre de 2026
DATOS PARA EL TELEGRAMA LABORAL (LEY 23.789)
Destinatario (empleador): Distribuidora del Plata S.R.L.
Domicilio del destinatario: Av. Corrientes 1386, piso 7, oficina 12, C1043AAZ, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Remitente (trabajador/a): Martín Gustavo Sosa
DNI: 12.345.678
CUIL: 20-12345678-9
Domicilio del remitente: Av. Rivadavia 4520, piso 3, depto. B, C1205AAO, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Puesto: Encargado de depósito
Fecha de ingreso: 15 de marzo de 2021

TEXTO A TRANSCRIBIR EN EL TELEGRAMA

NOTIFICO A UDS. MI RENUNCIA AL PUESTO DE TRABAJO DE ENCARGADO DE DEPÓSITO QUE VENGO DESEMPEÑANDO EN ESA EMPRESA DESDE EL 15 DE MARZO DE 2021, CON EFECTO A PARTIR DEL 16 DE SEPTIEMBRE DE 2026, PREAVISANDO EN LOS TÉRMINOS DEL ART. 231 LCT. ART. 240 LCT. QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.

ASIMISMO INTIMO PLAZO 48 HORAS HAGAN ENTREGA DE LOS CERTIFICADOS PREVISTOS EN EL ART. 80 LCT (CERTIFICADO DE TRABAJO, DE REMUNERACIONES Y DE APORTES Y CONTRIBUCIONES) Y ABONEN LA LIQUIDACIÓN FINAL: DÍAS TRABAJADOS, SAC PROPORCIONAL Y VACACIONES NO GOZADAS, ARTS. 121, 123 Y 156 LCT. BAJO APERCIBIMIENTO DE INICIAR LAS ACCIONES LEGALES QUE CORRESPONDAN.


CÓMO ENVIARLO

Presentate en cualquier sucursal del Correo Argentino con tu DNI y pedí el telegrama laboral de la Ley 23.789: es gratuito para vos y el costo lo asume el empleador. Llevá anotados la denominación social y el domicilio exactos del empleador, transcribí el texto de arriba tal cual y guardá el comprobante de imposición: esa constancia es la prueba de que notificaste tu renuncia.

El artículo 240 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 exige que la renuncia del trabajador se formalice por despacho telegráfico colacionado cursado personalmente por el trabajador, o ante la autoridad administrativa del trabajo, y que el empleador sea notificado. Una carta común, un correo electrónico o un mensaje no cumplen esa forma. El artículo 231 pone el preaviso a cargo del trabajador en quince días.

La renuncia no da derecho a la indemnización por despido del artículo 245. El empleador sigue obligado a abonar la liquidación final —días trabajados, sueldo anual complementario proporcional y vacaciones no gozadas (artículos 121, 123 y 156)— y a entregar los certificados del artículo 80. Consultá el convenio colectivo aplicable: puede sumar requisitos o plazos propios.

EL TRABAJADOR / LA TRABAJADORA
Firma: Martín Gustavo Sosa

Preguntas frecuentes

¿Este modelo es gratuito?

Sí. Completalo, personalizalo y descargalo en PDF sin cargo.

¿Puedo editarlo?

Sí. Cambiá cualquier campo o texto vos mismo, o pedíselo al copiloto de IA en lenguaje natural.

¿Puedo descargarlo en PDF?

Sí. Generá un PDF listo para imprimir, guardar o llevar a la sucursal del Correo Argentino.

¿Puedo enviarlo a mi empleador por mi cuenta?

Podés entregarle una copia del PDF, pero eso no reemplaza la notificación: el artículo 240 de la LCT exige que la renuncia viaje por despacho telegráfico colacionado cursado personalmente por vos, o que se haga ante la autoridad administrativa del trabajo. El PDF es el borrador que llevás al Correo y la constancia que te queda.

¿El telegrama de renuncia tiene validez legal?

Sí: es la forma que la propia ley exige. El artículo 240 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 dispone que la extinción del contrato por renuncia del trabajador se formalice por despacho telegráfico colacionado cursado personalmente por el trabajador, o ante la autoridad administrativa del trabajo, con notificación al empleador. Enviado así, el telegrama produce plenos efectos desde que el empleador lo recibe.

¿Sirve en todo el país?

Sí. La Ley de Contrato de Trabajo y la Ley 23.789 son normas nacionales y rigen en todas las provincias, y el telegrama laboral se despacha en cualquier sucursal del Correo Argentino. Lo que puede variar es el convenio colectivo de tu actividad, que a veces suma requisitos o plazos: revisalo antes de enviarlo.

¿El telegrama es gratis?

Sí. La Ley 23.789 creó el telegrama laboral gratuito: el trabajador lo envía sin cargo desde cualquier sucursal del Correo Argentino y el costo se le factura al empleador. Llevá tu DNI y anotada la denominación social y el domicilio exactos de la empresa; sin esos datos el Correo no puede despacharlo.

¿Puedo renunciar por email, por WhatsApp o con una carta firmada?

No, esas vías no cumplen la forma del artículo 240 de la LCT, que exige despacho telegráfico colacionado cursado personalmente por el trabajador o la renuncia presentada ante la autoridad administrativa del trabajo. Una carta entregada en mano o un correo electrónico pueden ser discutidos después, y quedás sin la prueba que da el comprobante de imposición del Correo.

¿Pierdo la indemnización si renuncio?

Perdés la indemnización por despido del artículo 245 de la LCT: esa indemnización corresponde cuando el empleador despide sin justa causa, no cuando el trabajador se va. Lo que no perdés es la liquidación final, que el empleador te debe igual: días trabajados del mes, sueldo anual complementario proporcional y vacaciones no gozadas (artículos 121, 123 y 156), además de los certificados del artículo 80.

¿Cuánto preaviso tengo que dar?

El artículo 231 de la LCT pone el preaviso también a cargo del trabajador: quince días. Si renunciás con efecto inmediato, el empleador podría reclamar el equivalente por la falta de preaviso. Por eso el modelo te deja elegir: con preaviso, indicando la fecha de efectivización, o con efecto inmediato desde la recepción.

¿Puedo arrepentirme después de enviar el telegrama?

Una vez que el empleador recibe el telegrama, la renuncia queda notificada y produce efectos; volver atrás depende de que la empresa acepte dejarla sin efecto. Si te arrepentís, comunicalo de inmediato por la misma vía telegráfica y guardá la constancia. Antes de enviarlo, revisá con calma la fecha de efectivización y el puesto.

Redactado por: Thorben Rasmus IdelRevisado por: Nahar GevaActualizado · 01/09/2026

Fuentes: Ley de Contrato de Trabajo 20.744, artículo 240 (extinción del contrato por renuncia del trabajador: forma por despacho telegráfico colacionado cursado personalmente por el trabajador a su empleador o ante la autoridad administrativa del trabajo, con notificación al empleador), artículo 231 (plazos de preaviso, también a cargo del trabajador), artículo 245 (indemnización por despido sin justa causa, que la renuncia no genera), artículos 121 y 123 (sueldo anual complementario y su proporcional), artículo 156 (indemnización por vacaciones no gozadas) y artículo 80 (certificado de trabajo, de remuneraciones y de aportes). Ley 23.789 (servicio de telegrama y carta documento gratuitos para el trabajador, a cargo del empleador, despachados por el Correo Argentino). Verificá siempre el convenio colectivo de tu actividad, que puede sumar requisitos propios.

Esta plantilla se ofrece únicamente con fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal, médico, financiero ni profesional. Para casos específicos, consulta con un profesional cualificado.