Cartas
Cartas y certificaciones formales para los momentos clave de la relación laboral: la que usted escribe al irse y la que la empresa expide para acreditar su vínculo. Diligencie el formato con sus datos, revíselo y descárguelo en PDF.
Carta de Renuncia
Diligencie su carta de renuncia en minutos y descárguela en PDF. En Colombia la renuncia no exige una formalidad especial: una comunicación escrita dirigida al empleador basta, sin telegrama, sin notaría y sin autenticación de la firma; lo que debe conservar es la constancia de recibido, porque esa copia firmada y sellada prueba la fecha. El formato le permite elegir entre una renuncia voluntaria y una renuncia motivada —cuando se va por incumplimientos del empleador, invocando las justas causas del artículo 62, literal B, del Código Sustantivo del Trabajo y reservando la indemnización del artículo 64— y entre fijar un último día de labores o dar por terminado el contrato de inmediato. En los dos casos la carta solicita la liquidación (cesantías, intereses del 12 % anual, prima de servicios y vacaciones) y el certificado laboral del artículo 57, numeral 7.
CartasCertificado Laboral
Expida el certificado laboral de su empresa en minutos y descárguelo en PDF, gratis. Diligencie los datos de la empresa y de la persona certificada, indique si el vínculo sigue vigente o ya terminó, y el formato arma el documento con el contenido que le corresponde. Ese es el punto: en Colombia no hay una sola regla. El numeral 7 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo ordena la certificación a la expiración del contrato y exige tres datos —tiempo de servicio, índole de la labor y salario devengado—; el artículo 42 ordena una certificación distinta, con otro contenido, sólo cuando la empresa ocupa menos de cinco trabajadores y no hay contrato escrito. Este formato averigua cuál de las dos rige su caso y lo dice dentro del documento. Sirve igual para la carta laboral que le piden en el banco y para la certificación laboral de un contratista.
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Esta plantilla se ofrece únicamente con fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal, médico, financiero ni profesional. Para casos específicos, consulta con un profesional cualificado.