Constancia Laboral
Crea la constancia laboral (también llamada carta de trabajo o carta laboral) con el formato que se usa en México: «A quien corresponda», «HACE CONSTAR», puesto, antigüedad y, si quieres, el sueldo en cifras y con letra. La expide la empresa a petición de la persona trabajadora — para un crédito, una renta, una visa o un nuevo empleo — y la Ley Federal del Trabajo obliga a entregarla en tres días (art. 132, fr. VIII). Llena los datos y descarga el PDF listo para firmar, gratis y en minutos.
Quien suscribe, Lic. Mariana Gutiérrez Ávalos, Gerente de Recursos Humanos de Distribuidora El Bajío, S.A. de C.V., con domicilio en Av. López Mateos Norte 950, Col. Italia Providencia, C.P. 44648, Guadalajara, Jalisco, por medio de la presente
Que Ricardo Nava Cervantes labora en esta empresa desde el 14 de marzo de 2022 a la fecha, desempeñando el puesto de Supervisor de almacén, percibiendo un ingreso mensual bruto de $14,500 (catorce mil quinientos pesos 00/100 M.N.).
Se extiende la presente constancia a solicitud de la persona interesada, con fundamento en el artículo 132, fracción VIII, de la Ley Federal del Trabajo, para los fines lícitos que a la misma convengan, en Guadalajara, Jalisco, a 3 de agosto de 2026.
Para cualquier aclaración o verificación de la presente constancia, la empresa queda a sus órdenes en tel. 33 3615 8890 / rh@elbajio.mx.
Por qué usar este formato
Cita el artículo 132, fracción VIII, de la LFT: la constancia que el patrón debe expedir dentro de tres días a quien la solicite o se separe.
«A quien corresponda», «HACE CONSTAR», importe con letra 00/100 M.N. y «ATENTAMENTE» — como las que expiden las empresas.
Tú decides si la carta declara el ingreso (mensual o quincenal): para el banco sí; para otros trámites puede omitirse.
Cambia un dato y la carta pasa a «laboró del … al …» para la persona que ya se separó de la empresa.
Describe el caso y la llenamos por ti.
No es una traducción: es la Ley Federal del Trabajo.
Cómo funciona
Empieza desde este modelo de constancia laboral.
Llena los campos o pide cambios al copiloto.
Genera el PDF y recaba la firma de quien la expide (RH o el patrón).
Qué incluye la constancia
Quien suscribe, Lic. Mariana Gutiérrez Ávalos, Gerente de Recursos Humanos de Distribuidora El Bajío, S.A. de C.V., con domicilio en Av. López Mateos Norte 950, Col. Italia Providencia, C.P. 44648, Guadalajara, Jalisco, por medio de la presente
Que Ricardo Nava Cervantes labora en esta empresa desde el 14 de marzo de 2022 a la fecha, desempeñando el puesto de Supervisor de almacén, percibiendo un ingreso mensual bruto de $14,500 (catorce mil quinientos pesos 00/100 M.N.).
Se extiende la presente constancia a solicitud de la persona interesada, con fundamento en el artículo 132, fracción VIII, de la Ley Federal del Trabajo, para los fines lícitos que a la misma convengan, en Guadalajara, Jalisco, a 3 de agosto de 2026.
Para cualquier aclaración o verificación de la presente constancia, la empresa queda a sus órdenes en tel. 33 3615 8890 / rh@elbajio.mx.
Preguntas frecuentes
¿Este formato es gratuito?
Sí. Llénalo, personalízalo y descárgalo en PDF sin costo.
¿Puedo editarlo?
Sí. Cambia cualquier campo o texto tú mismo, o pídeselo al copiloto de IA en lenguaje natural.
¿Puedo descargarlo en PDF?
Sí. Genera un PDF listo para imprimir y firmar en cualquier momento.
¿Puedo entregarla al banco o a quien me la pide?
Sí. Imprímela, recaba la firma de quien la expide (idealmente en hoja membretada de la empresa) y entrégala a la institución que la solicita. Incluir un teléfono o correo de contacto ayuda: los bancos suelen llamar para verificar que la constancia es real.
¿La empresa está obligada a darme una constancia laboral?
Sí. La Ley Federal del Trabajo lo establece dos veces: el patrón debe expedir, a solicitud del trabajador, una constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido cada quince días (art. 132, fr. VII), y una constancia escrita relativa a sus servicios, dentro del término de tres días, al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa (art. 132, fr. VIII). No hace falta renunciar para pedirla: cualquier trabajador actual tiene derecho a ella.
¿Quién debe firmarla?
La persona que pueda responder por ella: el patrón, la persona representante legal o quien tenga la función a su cargo (por ejemplo, la gerencia de Recursos Humanos). Una constancia que nadie puede verificar suele ser rechazada — por eso este formato incluye el cargo de quien firma y un contacto de verificación opcional.
¿Debe incluir el sueldo?
Solo si la persona interesada lo necesita: para créditos y rentas normalmente sí; para otros trámites basta puesto y antigüedad. Este formato lo deja como opción, con el importe en cifras y con letra (00/100 M.N.) y el periodo mensual o quincenal.
¿Constancia laboral y carta de recomendación son lo mismo?
No. La constancia laboral declara hechos: puesto, antigüedad y, en su caso, sueldo — y el patrón está obligado a expedirla (art. 132, fr. VIII). La carta de recomendación añade una opinión sobre el desempeño y es voluntaria: ninguna ley obliga a darla. Si necesitas la segunda, usa nuestro formato de carta de recomendación.
¿Sirve como constancia de semanas cotizadas o de situación fiscal?
No. La constancia de semanas cotizadas la emite el IMSS (en línea y gratuita) y la constancia de situación fiscal la emite el SAT: son documentos del gobierno que nadie más puede expedir. Esta constancia prueba otra cosa: tu relación de trabajo con una empresa concreta.
¿Qué pasa si los datos no son ciertos?
La constancia debe decir la verdad. Declarar un puesto, una antigüedad o un ingreso falsos — por ejemplo, para que un crédito sea aprobado — es expedir un documento falso y puede tener consecuencias legales para quien lo firma y para quien lo usa. Este formato solo debe reflejar datos reales y verificables.
¿Es legalmente válida?
Sí. No existe un formato oficial: una constancia firmada por quien puede responder por la empresa, con los datos esenciales, cumple. Este formato sigue la práctica mexicana, cita su fundamento (art. 132, fr. VIII, LFT) y añade los datos de verificación que las instituciones esperan; para casos complejos, consulta a una persona especialista laboral.
¿Puedo usarla en todo México?
Sí. La Ley Federal del Trabajo es federal: aplica en toda la República. Este formato sirve para cualquier estado y cualquier empleo formal.
Ley Federal del Trabajo (texto vigente): obligación del patrón de expedir, a solicitud de los trabajadores, una constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido cada quince días (art. 132, fr. VII) y una constancia escrita relativa a sus servicios, dentro del término de tres días, al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa (art. 132, fr. VIII).
Esta plantilla se ofrece únicamente con fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal, médico, financiero ni profesional. Para casos específicos, consulta con un profesional cualificado.