Peticionario (quien solicita)
Entidad destinataria
Tipo y peticiones concretas
Fundamentos y anexos
Ciudad y fecha
Señores
Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá D.C.
Dirección de Atención al Ciudadano
Dirección: Calle 13 n.º 37-35, Bogotá D.C.
Asunto: Derecho de petición — revocatoria del comparendo n.º 11001000000012345678
Laura Camila Rodríguez Pérez, mayor de edad, identificado(a) con cédula de ciudadanía n.º C.C. 1.020.345.678 de Bogotá D.C., con dirección de notificación en Carrera 15 n.º 88-64, apartamento 502, barrio El Chicó, Bogotá D.C., correo electrónico laura.rodriguez@correo.com y teléfono (+57) 310 456 7890, respetuosamente me permito manifestar lo siguiente.
En ejercicio del derecho fundamental de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política y regulado por la Ley 1755 de 2015, me dirijo respetuosamente a esa autoridad para que se resuelva de fondo, de manera clara, precisa y congruente, lo que a continuación se solicita.
Con fundamento en lo anterior, respetuosamente SOLICITO:
1. Que se revise y se revoque el comparendo n.º 11001000000012345678, impuesto por presunta invasión del carril exclusivo.
2. Que se me informe el estado actual del proceso contravencional y la dependencia y el funcionario que lo tienen a cargo.
3. Que se suspenda el cobro coactivo mientras se resuelve de fondo esta petición.
El vehículo de placas ABC123, de mi propiedad, fue inmovilizado por una falla mecánica reportada al servicio de grúa, y pese a ello se me impuso el comparendo n.º 11001000000012345678. Radiqué la solicitud n.º 2026-ER-045678 ante esa entidad y a la fecha no he recibido respuesta de fondo, mientras el proceso avanzó a cobro coactivo.
La falta de respuesta oportuna, o una respuesta que no resuelva de fondo lo pedido, vulnera el derecho fundamental de petición del artículo 23 de la Constitución Política y habilita el ejercicio de la acción de tutela, regulada por el Decreto 2591 de 1991. La presentación de esta petición no genera costo alguno y no requiere apoderado.
De conformidad con el artículo 14 de la Ley 1755 de 2015, esta petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su recepción. Si en dicho término no fuere posible resolver, esa entidad deberá informármelo antes de su vencimiento, expresando los motivos de la demora y señalando a la vez el plazo razonable en que se resolverá, conforme al parágrafo del citado artículo 14.
Recibiré notificaciones y la respuesta a esta petición en la dirección Carrera 15 n.º 88-64, apartamento 502, barrio El Chicó, Bogotá D.C., en el correo electrónico laura.rodriguez@correo.com o en el teléfono (+57) 310 456 7890. Autorizo expresamente que la respuesta me sea remitida al correo electrónico aquí señalado.
Copia de la cédula de ciudadanía; copia del comparendo n.º 11001000000012345678; constancia del servicio de grúa; copia del radicado n.º 2026-ER-045678.
Agradezco su atención y la respuesta de fondo a lo aquí solicitado.
Peticionario (quien solicita)
Quién presenta la petición: nombre completo, cédula y dónde recibir la respuesta.