Contrato de Compraventa de Vehículo
Crea un contrato de compraventa de vehículo entre particulares conforme al Código Civil. Rellena los datos del vehículo, del vendedor y del comprador, y descarga el PDF listo para firmar — válido para el cambio de titularidad en la DGT, gratis y en minutos.
De una parte, D./Dña. María García López, mayor de edad, con DNI/NIF 12.345.678-Z y domicilio en Calle Mayor 10, 28013 Madrid, en adelante el VENDEDOR.
De otra parte, D./Dña. Juan Pérez Martín, mayor de edad, con DNI/NIF 87.654.321-X y domicilio en Av. de América 25, 28028 Madrid, en adelante el COMPRADOR.
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para contratar y, a tal efecto,
I. Que el VENDEDOR es propietario del vehículo marca y modelo SEAT León 1.5 TSI, con matrícula 1234 ABC, número de bastidor VSSZZZ5FZJR012345, 85000 km, fecha de primera matriculación 15 de abril de 2019 y la ITV en vigor hasta 15 de abril de 2027.
II. Que el COMPRADOR está interesado en adquirir dicho vehículo, lo que llevan a cabo con arreglo a las siguientes
PRIMERA. Objeto. El VENDEDOR vende y el COMPRADOR compra el vehículo descrito, que se transmite como cuerpo cierto y en el estado de uso y conservación en que se encuentra, que el COMPRADOR declara conocer y aceptar. Se hacen constar las siguientes observaciones sobre su estado: Pequeños arañazos en el paragolpes trasero; mantenimiento al día..
SEGUNDA. Precio y pago. El precio de la compraventa se fija en 12.500 €, que el COMPRADOR abona al VENDEDOR mediante transferencia bancaria, sirviendo el presente documento como la más eficaz carta de pago.
TERCERA. Entrega. El VENDEDOR hace entrega en este acto del vehículo, de su documentación (permiso de circulación y ficha técnica/tarjeta de ITV) y de las llaves.
CUARTA. Cargas y responsabilidad. El VENDEDOR declara que el vehículo se encuentra libre de cargas, gravámenes y reservas de dominio, y al corriente en el pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). Las multas, sanciones e impuestos devengados con posterioridad a la entrega serán de cuenta del COMPRADOR.
QUINTA. Cambio de titularidad. El COMPRADOR se obliga a solicitar el cambio de titularidad ante la Dirección General de Tráfico (DGT) y a liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en el plazo de 30 días. El VENDEDOR comunicará la venta a la DGT dentro de los 10 días siguientes a fin de quedar liberado de responsabilidad.
SEXTA. Régimen aplicable. En lo no previsto en el presente contrato, se estará a lo dispuesto en los artículos 1445 y siguientes del Código Civil sobre el contrato de compraventa.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente contrato por duplicado y en todas sus hojas, en el lugar y fecha indicados.
Cómo funciona
Empieza desde este modelo de compraventa de vehículo.
Rellena los campos o pide cambios al copiloto.
Genera el PDF y firmadlo ambas partes.
Por qué usar esta plantilla
Incluye todos los datos para el cambio de titularidad.
Pensado para la venta de coche de segunda mano.
Describe el vehículo y lo rellenamos por ti.
Listo para imprimir y firmar por duplicado.
Cláusulas de entrega, cargas y responsabilidad.
ITP, ITV, bastidor, matrícula e IVTM.
Qué incluye el contrato
De una parte, D./Dña. María García López, mayor de edad, con DNI/NIF 12.345.678-Z y domicilio en Calle Mayor 10, 28013 Madrid, en adelante el VENDEDOR.
De otra parte, D./Dña. Juan Pérez Martín, mayor de edad, con DNI/NIF 87.654.321-X y domicilio en Av. de América 25, 28028 Madrid, en adelante el COMPRADOR.
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para contratar y, a tal efecto,
I. Que el VENDEDOR es propietario del vehículo marca y modelo SEAT León 1.5 TSI, con matrícula 1234 ABC, número de bastidor VSSZZZ5FZJR012345, 85000 km, fecha de primera matriculación 15 de abril de 2019 y la ITV en vigor hasta 15 de abril de 2027.
II. Que el COMPRADOR está interesado en adquirir dicho vehículo, lo que llevan a cabo con arreglo a las siguientes
PRIMERA. Objeto. El VENDEDOR vende y el COMPRADOR compra el vehículo descrito, que se transmite como cuerpo cierto y en el estado de uso y conservación en que se encuentra, que el COMPRADOR declara conocer y aceptar. Se hacen constar las siguientes observaciones sobre su estado: Pequeños arañazos en el paragolpes trasero; mantenimiento al día..
SEGUNDA. Precio y pago. El precio de la compraventa se fija en 12.500 €, que el COMPRADOR abona al VENDEDOR mediante transferencia bancaria, sirviendo el presente documento como la más eficaz carta de pago.
TERCERA. Entrega. El VENDEDOR hace entrega en este acto del vehículo, de su documentación (permiso de circulación y ficha técnica/tarjeta de ITV) y de las llaves.
CUARTA. Cargas y responsabilidad. El VENDEDOR declara que el vehículo se encuentra libre de cargas, gravámenes y reservas de dominio, y al corriente en el pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). Las multas, sanciones e impuestos devengados con posterioridad a la entrega serán de cuenta del COMPRADOR.
QUINTA. Cambio de titularidad. El COMPRADOR se obliga a solicitar el cambio de titularidad ante la Dirección General de Tráfico (DGT) y a liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en el plazo de 30 días. El VENDEDOR comunicará la venta a la DGT dentro de los 10 días siguientes a fin de quedar liberado de responsabilidad.
SEXTA. Régimen aplicable. En lo no previsto en el presente contrato, se estará a lo dispuesto en los artículos 1445 y siguientes del Código Civil sobre el contrato de compraventa.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente contrato por duplicado y en todas sus hojas, en el lugar y fecha indicados.
Preguntas frecuentes
¿Es gratis?
Sí, totalmente gratis y sin registro. Rellena, personaliza y descarga el contrato en PDF sin crear ninguna cuenta.
¿Sirve para la DGT?
Sí. El contrato recoge los datos necesarios para el cambio de titularidad. Conviene firmarlo por duplicado y en todas sus hojas.
¿Quién paga el ITP?
El comprador debe declarar y liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y solicitar el cambio de titularidad en el plazo de 30 días desde la firma.
¿Cómo me libero de responsabilidad como vendedor?
El vendedor debe comunicar la venta a la DGT dentro de los 10 días siguientes para quedar liberado de multas e impuestos posteriores hasta que el comprador haga la transferencia.
¿Es válido legalmente?
La plantilla sigue el Código Civil (arts. 1445 ss.) y las reglas de la DGT, pero cada caso es distinto. Revísalo y, si lo necesitas, consulta a un profesional.
Esta plantilla se ofrece únicamente con fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal, fiscal, financiero ni profesional. Para casos específicos, consulta con un profesional cualificado.
Fuentes: Código Civil (arts. 1445 y siguientes), Real Decreto Legislativo 6/2015 (Ley sobre Tráfico) y normas de la DGT sobre cambio de titularidad y notificación de venta.