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Despido improcedente: qué es, indemnización y plazos

Un despido es improcedente cuando no está justificado o no cumple los requisitos de forma. Si un juez lo declara así, la empresa debe readmitir a la persona trabajadora o pagarle una indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Hay 20 días hábiles para reclamar.

2 min de lecturaRevisado 14/06/2026Por Thorben Rasmus IdelRevisado por Nahar Geva
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Cuándo un despido es improcedente

Lo es cuando la empresa no acredita la causa alegada (el despido disciplinario u objetivo no queda probado) o cuando incumple los requisitos de forma —por ejemplo, una carta de despido sin los hechos o sin la fecha de efectos—. Es distinto del despido nulo (que vulnera derechos fundamentales y obliga a la readmisión).

La indemnización

La indemnización por despido improcedente es de 33 días de salario por año de servicio, prorrateando por meses los periodos inferiores a un año, con un tope de 24 mensualidades (art. 56 del Estatuto de los Trabajadores). Para los contratos anteriores al 12 de febrero de 2012, el tiempo trabajado hasta esa fecha se calcula a 45 días por año (régimen transitorio).

Readmisión o indemnización

Es la EMPRESA quien elige, en el plazo de cinco días desde la sentencia, entre readmitir a la persona trabajadora o pagarle la indemnización. Si opta por la readmisión, debe abonar además los salarios de tramitación (los dejados de percibir desde el despido). (En el caso de los representantes legales de los trabajadores, la opción corresponde a la persona trabajadora.)

Paso a paso

  1. 1
    Revisa la carta y la causa

    Comprueba si la carta de despido recoge los hechos y la fecha de efectos y si la causa está realmente justificada.

  2. 2
    Presenta la papeleta de conciliación (20 días hábiles)

    La acción por despido caduca a los 20 días hábiles desde el despido. Antes de demandar hay que intentar una conciliación previa (SMAC).

  3. 3
    Demanda ante el juzgado de lo social

    Si no hay acuerdo en la conciliación, se presenta la demanda. El juez decidirá si el despido es procedente, improcedente o nulo.

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Preguntas frecuentes

¿Improcedente o nulo: en qué se diferencian?

El improcedente da derecho a readmisión (a elección de la empresa) o indemnización. El nulo (vulnera derechos fundamentales o afecta a situaciones protegidas) obliga siempre a la readmisión con salarios de tramitación.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Es un plazo de caducidad: si pasa, se pierde el derecho a impugnarlo.

Términos relacionados

Fuentes: Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), arts. 55, 56 y 59; disposición transitoria sobre contratos anteriores al 12/02/2012.

Esta guía es solo informativa y no constituye asesoramiento legal, fiscal ni profesional.