Baja voluntaria: cómo darla, preaviso y finiquito
La baja voluntaria es la dimisión del trabajador: dejas tu empleo por decisión propia, sin necesidad de alegar causa (art. 49.1.d del Estatuto de los Trabajadores). Debes avisar a la empresa con el preaviso que fije tu convenio (normalmente 15 días), tienes derecho al finiquito, pero no al paro.
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Qué es la baja voluntaria
Es la extinción del contrato por voluntad del trabajador, recogida en el art. 49.1.d del Estatuto de los Trabajadores. No tienes que justificar el motivo: basta con comunicar a la empresa que dejas el puesto, respetando el preaviso. No la confundas con el despido (decisión de la empresa) ni con el fin de un contrato temporal.
El preaviso: cuántos días y qué pasa si no lo respetas
El plazo de preaviso lo fija tu convenio colectivo o, en su defecto, la costumbre del lugar (habitualmente 15 días). El preaviso debe darse por escrito y dejar constancia de la fecha. Si no respetas el preaviso, la empresa puede descontarte del finiquito el importe correspondiente a los días que faltaron por avisar.
El finiquito que te corresponde
Aunque te vayas por decisión propia, tienes derecho al finiquito: la empresa debe liquidarte las cantidades devengadas hasta tu último día. Incluye los días trabajados del último mes, las vacaciones generadas y no disfrutadas, la parte proporcional de las pagas extraordinarias (si no están prorrateadas) y cualquier otro concepto pendiente. Conviene recibirlo por escrito y revisarlo antes de firmar.
La baja voluntaria no da derecho al paro
Si dejas el trabajo por tu propia voluntad, no estás en "situación legal de desempleo", por lo que el SEPE no te reconoce la prestación por desempleo. Solo se accede al paro tras causas ajenas a tu voluntad (despido, fin de contrato). Existen excepciones puntuales (por ejemplo, si vuelves a trabajar y ese segundo empleo termina de forma involuntaria), pero la regla general es que la dimisión no genera derecho a paro.
Paso a paso
- 1Comprueba tu preaviso
Mira tu convenio colectivo (y tu contrato) para saber cuántos días de preaviso debes dar. Si no lo indican, lo habitual son 15 días.
- 2Escribe la carta de dimisión
Redacta una carta de baja voluntaria con tus datos, el puesto, la fecha de comunicación y la fecha en que dejarás el trabajo. No hace falta explicar el motivo.
- 3Entrégala y conserva una copia
Entrega la carta a la empresa y pide que te firmen una copia sellada (o envíala de forma que quede constancia). Así acreditas la fecha del preaviso.
- 4Trabaja el preaviso y recibe el finiquito
Trabaja los días de preaviso. En tu último día, la empresa debe entregarte el finiquito con las cantidades pendientes. Revísalo antes de firmar.
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Preguntas frecuentes
¿Tengo que dar una razón para la baja voluntaria?
No. La dimisión del trabajador (art. 49.1.d del Estatuto de los Trabajadores) no exige alegar causa. Solo debes respetar el preaviso que fije tu convenio.
¿Cobraré el paro si me doy de baja voluntaria?
Por regla general no. La baja voluntaria no es "situación legal de desempleo", así que el SEPE no reconoce la prestación, salvo excepciones (por ejemplo, un cese involuntario en un empleo posterior).
¿Qué pasa si no doy el preaviso?
La empresa puede descontarte del finiquito el importe de los días de preaviso que no hayas avisado.
¿Tengo derecho al finiquito aunque me vaya yo?
Sí. El finiquito se cobra siempre que termina el contrato, sea cual sea la causa, incluida la baja voluntaria. Liquida lo devengado hasta tu último día.
Términos relacionados
Fuentes: Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015), art. 49.1.d; Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), situación legal de desempleo (Ley General de la Seguridad Social, RDL 8/2015, art. 267).
Esta guía es solo informativa y no constituye asesoramiento legal, fiscal ni profesional.